1.2 Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
- Articulo 4 (interpretación)
En cuanto a salud dice que:
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará.
Párrafo adicionado DOF 13-10-2011
Toda persona tiene derecho a la protección de la salud. La Ley definirá las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general, conforme a lo que dispone la fracción XVI del artículo 73 de esta Constitución.
Párrafo adicionado DOF 03-02-1983
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo dispuesto por la ley.
Párrafo adicionado DOF 28-06-1999. Reformado DOF 08-02-2012
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de dichos fines.
Párrafo adicionado DOF 08-02-2012
Se pueden decir muchas cosas tanto buenas como malas de estos párrafos emitidos en la constitución, debido al implemento de términos, acciones que si se llevan a cabo y las que no para su análisis, pero creo que es importante que nosotros como mexicanos también pongamos de nuestra parte para que se puedan emplear estos párrafos de la mejor forma.
En este sentido a pesar de no ser tan extensos en información, deja claro en esencialidad a lo que los mexicanos tenemos derecho, es decir a la alimentación de calidad (que no se esta implementando en la actualidad de madera general) a la protección a la salud (que si se esta implementando pero le hace un poco falta de calidad ) , al derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar ( este creo que no se le puede dejar tanto a re ordenarlo por el gobierno, mas bien pienso que este derecho al que todos tenemos debe ser mas implementado en los hogares, es decir este debería inculcarse y si sancionarse mas con la moral) y al derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua(que en la actualidad si se esta tratando en muchas delegaciones pero hay en particular las mas pobladas que son las que mas escasean este servicio y lo deplorable es que si es un derecho se cobre en estas delegaciones por el traslado del agua en "pipas").
- Ley general de salud
esta ley fue publicada ór primera ves el 7 de Febrero de 1984 por MIGUEL DE LA MADRID HURTADO, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, para a
sus habitantes, este es un texto vigente pero cada periodo presidencial se ha modificado, debido a las ultimas reformas la versión mas actual publicada es la DOF 04-06-2015, la cual fue actualizada gracias al cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, fue expido el presente Decreto en la
Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, Distrito Federal, el primero de junio de
dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio
Chong.- Rúbrica.
Una ves aclarado esto la ley trata desde lo general hasta lo particular en cuanto a la salud en México, el primer titulo establece las disposiciones generales de salud (deja claros los conceptos a tratar a lo largo de la ley, que es salud, quien tiene derecho a esta, que incluye tener buena salud integral, que enfermedades o padecimientos incluye tener una cobertura de salud), en segundo termino habla sobre el sistema nacional de salud (de que se encarga, como se organiza, fomento a la prevención, la atención medica).
En tercer lugar habla sobre la presentación de los servicios de salud (habla sobre a diferencia de los tipos de atención personal, medica y social,quienes son los prestadores de servicio de salud, atención materno-infantil, planificación familiar, salud mental , protección personal, fondo de protección contra gastos catastróficos, derechos y obligaciones de los derecho habientes).
En cuarto lugar habla sobre los recursos humanos para los servicios de salud para profesionales, técnicos y auxiliares, del servicio social para pasantes y profesionales, Formación, Capacitación y Actualización del Personal. en quinto lugar habla sobre la Investigación para la Salud y el genoma humano. En sexto lugar habla sobre Información para la Salud. en séptimo lugar habla sobre Promoción de la Salud, Educación para la Salud, Nutrición , Efectos del Ambiente en la Salud, Salud Ocupacional.
En octavo lugar habla sobre Prevención y Control de Enfermedades y Accidentes, Enfermedades Transmisibles, Accidentes, De los Cuidados Paliativos a los Enfermos en Situación Terminal, De las Facultades y Obligaciones de las Instituciones de Salud,
en general estos son los mas importantes dentro de esta ley .
-Ley del IMSS y ley del ISSSTE
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son los regulados por las Leyes del Seguro
Social (LSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los
Trabajadores del Estado (Ley del ISSSTE).
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ubican todos aquellos trabajadores del
Estado
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comprende a todos los trabajadores que
prestan un servicio personal subordinado a una persona física o moral, mediante
el pago de una retribución
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Atinde:
- Salud
- Riesgos
de Trabajo
- Retiro,
Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, e Invalidez y Vida
- prestaciones
y servicios de préstamos:
- hipotecarios
y financiamiento en general para vivienda
- personales
ordinarios, especiales, para adquisición de bienes de consumo duradero
y extraordinarios para damnificados por desastres naturales, y
- servicios
sociales y culturales
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Atiende:
- Enfermedades y Maternidad
- Riesgos de Trabajo
- Invalidez y Vida
- Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y
- Guarderías y Prestaciones Sociales
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se considera accidente de trabajo el ocurrido
al colaborador al trasladarse directamente de su domicilio o de la estancia
de bienestar infantil de sus hijos, al lugar en que desempeñe su trabajo o
viceversa
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el siniestro sufrido por el trabajador en las
circunstancias señaladas, sólo es considerado accidente en trayecto, por
virtud del Acuerdo del Consejo Técnico número 8 498/81 del 2 de septiembre de
1981
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- Normativa Oficial Mexicana
Tiene por objeto establecer los criterios para obtener, integrar, organizar procesar, analizar y difundir la información en salud, en lo referente a población y cobertura, recursos disponibles, servicios otorgados, daños a la salud y evaluación del desempeño del Sistema Nacional de Salud. Es de observancia obligatoria en todo el territorio nacional para establecimientos, personas físicas y morales del Sistema Nacional de Salud de los sectores público, social y privado que proporcionen servicios de atención a la salud.
fuentes
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/htm/1.htm
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/142_040615.pdf
http://pensionesyjubilacionesasesores.mex.tl/1634373_SIMILITUDES-Y-DIFERENCIAS-IMSS-ISSSTE.html
http://www.salud.gob.mx/unidades/cdi/nom/040ssa204.html